Si necesitas conocer las fechas del Calendario Tributario de la DIAN, aquí encontrarás información al respecto.
Qué es el Calendario Tributario de la DIAN
Cada año la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) publica un calendario con las fechas en las que los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de impuestos.
Las fechas para las declaraciones se establecen tomando en cuenta los dígitos del NIT y el tipo de contribuyente, por ejemplo si es persona natural o jurídica.
En el Calendario Tributario de la DIAN se muestran las fechas para declarar y pagar los impuestos. Además del Impuesto a la Renta están los pagos de IVA y la declaración mensual de la retención en la fuente. También esta la declaración de los activos en el exterior, entre otros.
Lee aquí acerca de que es y cómo funciona el DIAN Colombia
Cuándo se publicó el Calendario Tributario de la DIAN
El Calendario Tributario de la DIAN se publicó mediante el Decreto 1680 de 2020. Este Decreto, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, muestra las disposiciones y los plazos para declarar y pagar los impuestos en el año 2021.
Fechas del Calendario Tributario de la DIAN
Las fechas del calendario de la DIAN varían dependiendo del tipo de contribuyente y del impuesto.
Renta grandes contribuyentes Calendario Tributario
Aquellos que estén considerados grandes contribuyentes deberán declarar y pagar los impuestos de acuerdo al último dígito del NIT.
El pago de la primera cuota se hará entre el 9 y el 22 de febrero. La segunda cuota se hará entre el 12 y el 23 de abril. La tercera cuota entre el 9 y el 23 de junio, según el último dígito del NIT.
Renta Persona Jurídicas
Para las personas jurídicas se establece una primera cuota, según los dos últimos dígitos del NIT, a pagar entre el 12 de abril y el 7 de mayo.
Luego corresponde el pago de una segunda cuota que, dependiendo del último dígito del NIT, se paga entre el 9 y el 23 de junio.
Renta Micro y Pequeñas Empresas
Dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT la presentación de la declaración de renta se hará entre el 12 de abril y el 7 de mayo.
Posteriormente, las cuotas se pagarán según el último dígito del NIT, en donde la primera cuota se pagará entre el 9 y el 23 de junio y la segunda cuota entre el 9 y el 23 de noviembre.
Renta Personas Naturales
La declaración de renta de las personas naturales se hará por los dos últimos dígitos del NIT, empezando el día 10 de agosto con los terminados en 01 y 02 y terminando el 20 de octubre con los NIT terminados en los dígitos 99 y 00.
Declaración anual de activos en el exterior
Esta declaración se presenta en las mismas fechas de la declaración de renta según corresponda de acuerdo al tipo de contribuyente, ya sean grandes contribuyentes, personas naturales o personas jurídicas.
IVA Bimestral
Para aquellos contribuyentes que deben presentar y pagar de manera bimestral el Impuesto sobre las Ventas (IVA) se hará tomando en cuenta el último dígito del NIT los bimestres se declararán de la siguiente manera según corresponda:
Enero y febrero, desde el 9 hasta el 23 de marzo.
Marzo y abril, desde el 10 hasta el 24 de mayo.
Mayo y junio, desde el 8 hasta el 22 de julio.
Julio y agosto, desde el 8 hasta el 21 de septiembre.
Septiembre y octubre, desde el 9 hasta el 23 de noviembre.
Noviembre y diciembre, desde el 12 hasta el 25 de enero de 2022.
Para aquellos contribuyentes que declaran y pagan el IVA de manera cuatrimestral las fechas para declaración y pago, tomando en cuenta el último dígito del NIT, serán las siguientes:
Enero a abril, desde el 10 hasta el 24 de mayo.
Mayo a agosto, desde el 8 hasta el 21 de septiembre.
Septiembre a diciembre, desde el 12 hasta el 25 de enero de 2022.
Retención en la fuente
Los agentes de retención de impuesto sobre la renta deberán declarar y pagar las retenciones realizadas cada mes en las fechas que les corresponda según el último dígito del NIT.
Impuesto al Patrimonio
La declaración y el pago de la primera cuota se hará, dependiendo del último dígito del NIT, entre el 10 y el 24 de mayo y la segunda cuota entre el 8 y el 21 de septiembre.
Impuesto nacional al consumo
Para aquellos contribuyentes responsables del pago del impuesto nacional al consumo, la declaración y pago se hará en las mismas fechas que el impuesto sobre las ventas bimestral.
Donde encontrar el Calendario Tributario
Si deseas consultar más información sobre el Calendario Tributario, puedes hacerlo en la página web del DIAN (www.dian.gov.co).
En la sección de “Calendarios” seleccionas la opción “Tributarios” y se abrirá una página con toda la información detallada por impuesto y por tipo de contribuyente.
Aquí puedes leer acerca de la tabla de retención en la fuente
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