Tipos de sociedades en Argentina

Muchas veces se cree que la constitución de una sociedad es obligatoria para el desarrollo de una actividad como responsable inscripto, pero esto, ¿es así? En Argentina, existen diferentes tipos de sociedades y aprenderemos sobre cada una de ellas a lo largo de este texto.

Volvemos al punto inicial, como mencionamos no es necesaria la constitución de una sociedad, pero lo que sí podemos afirmar es que ofrece muchas ventajas si se compara con la de los constituyentes individuales. De este modo, los integrantes de la sociedad comparten las obligaciones y responsabilidades.

Cabe aclarar, que se diferencia el patrimonio personal y el comercial. Es por esto que las personas deciden en muchas situaciones formar parte de una sociedad, para cuidar sus bienes personales.

Para entender mejor sobre el tema, es necesario saber que es una sociedad comercial. La misma se forma con una o más personas (antes era un requisito obligatorio que sean más de una), que aportan para una mejor producción o intercambio de bienes y servicios. Esta sociedad tiene ganancias, pero también acepta las pérdidas.

Para que este tipo de sociedades esté constituido, se debe inscribir en el Registro Público de Comercio, en donde se lleve a cabo el desarrollo de la actividad y bajo las condiciones de la Ley de Sociedades. Esta ley abarca los distintos tipos de sociedades que existen y cada una de ellas posee características diferentes que las mencionaremos a continuación.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Para formar este tipo de sociedad si o si tienen que ser por lo menos dos socios y no pueden superar los 50. Estos socios limitan su responsabilidad a las cuotas que haya suscripto. Además, se establece que el capital tiene que ir acorde a la actividad que se vaya a desarrollar.

  • Capital: El capital social se divide en cuotas del mismo valor. Las mismas deben estar establecidas en los libros de la sociedad y como mencionamos anteriormente en el Registro Público de Comercio. Estas cuotas no pueden ser dadas a otra persona, salvo que todos los socios constituyentes así lo deseen. Tampoco, se puede llevar a cabo una oferta pública en los mercados.
  • Administración: Esto depende mucho de cada una de las sociedades, pero generalmente son manejadas por un gerente o dos, depende de la cantidad de socios que sean.
  • Obligaciones: están obligadas a aprobar y presentar ante el RPC todo lo que tiene que ver con la parte contable aquellas SRL que superen los $10.000.000.

Sociedad Anónima (S.A.)

El primer punto requerido es que esta sociedad está constituida obligatoriamente por dos accionistas, no pueden ser menos. Los mismos pueden ser personas jurídicas o físicas.

  • Capital: El mínimo es de $100.000 y se puede suscribir por lo menos un 25% en el momento de la constitución de la sociedad. En este caso es necesario suscribir el capital que resta y no deben pasar los dos años. El capital de la sociedad anónima, se divide en acciones y también se puede realizar una oferta pública de las acciones correspondientes.
  • Administración: en este caso se constituye un directorio. El mismo está formado por una o dos personas que son seleccionadas por los accionistas. Si la sociedad supera un capital de $10.000.000 debe tener 3 directores.
  • Obligaciones: la sociedad anónima, está obligada a registrar en los libros societarios de directorio, todas las decisiones que se vayan tomando a lo largo del tiempo por parte de los directores y los mismos socios y registrar también todo lo que tiene que ver con el sector contable.

Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)

Este tipo de sociedad está destinada para aquellas personas que están comenzando a emprender. El trámite de constitución se realiza de manera online y la mayoría de las veces se aprueba tan solo en 24 horas y aún más cuando se selecciona un estatuto modelo.

La sociedad por acciones simplificadas, debe estar formada por uno o más socios. Los mismos pueden ser personas físicas o jurídicas y sus responsabilidades son limitadas por las acciones suscritas anteriormente.

  • Capital: para constituir esta sociedad, como mínimo es necesario dos veces el salario mínimo vital y móvil. El mismo se puede dividir en diferentes clases de acciones que los mismos socios deseen y ser integrado en un 25% al momento de la constitución. En cuanto al restante debe integrarse dentro de los 2 años siguientes.
  • Administración: esto también depende de la cantidad de socios que constituyan la sociedad, pero es obligatorio que, aunque sea haya una persona física como administradora.
  • Obligaciones: este tipo de sociedad está obligada a tener libros societarios y contables, pero los mismos pueden completarse de manera digital, no es necesario que se presenten ante RPC.

Lee aquí sobre: AFIP, todo lo que tienes que saber

Como crear una empresa en Argentina

Por supuesto que no existe una sola respuesta para crear una empresa en Argentina, ya que existen diferentes formas. Si te encuentras en esta situación y no sabes para donde ir, te recomendamos ingresar a la web de la AFIP para conocer los detalles y comenzar con la empresa con todo lo que la ley establece.

Lo bueno de que existan diferentes formas de crear una empresa, es que más personas tienen la posibilidad de empezar con una mínima inversión. Por eso, primero que nada, selecciona entre las opciones disponibles según corresponda a tu necesidad:

Monotributo

La inscripción al régimen de monotributo, te ofrece la posibilidad de poder facturar por tus servicios prestados a una empresa, por ejemplo. Además, haces aportes jubilatorios y accedes a una obra social.

Las ventas de este régimen, son las siguientes:

  • Obligaciones impositivas: la cuota es mensual y el monto cambia de acuerdo a la categoría de monotributo en el que te hayas inscripto.
  • Beneficio por pago a término: si cumplís todos los meses con las obligaciones impositivas durante un año, se te reintegra un mes.

Registrar una marca

Este registro es muy importante para aquellos emprendedores que comienzan y tienen éxito. El registro de marca te hace dueño exclusivo de tal e impide que terceros comercialicen tus servicios o productos con la marca, salvo que los autorices. Para concretarlo deberás cumplir con estos requisitos:

  • Tener más de 18 años
  • Declarar un domicilio legal electrónico.
  • Tener clave fiscal nivel 2
  • Apoderados: copia del poder firmada por tal
  • Declaración jurada de las personas jurídicas sobre las facultades del firmante.

Crear una SRL

Este tipo de empresa la explicamos más arriba del texto en detalle, para la inscripción es necesario:

  • Formulario de constitución.
  • Formulario 185 de la AFIP
  • Dictamen de precalificación profesional
  • Primer testimonio de escritura pública de constitución o instrumento privado original, con firmas respectivas
  • Instrumento de fijación de la sede social,
  • Documentación que acredite la constitución de la garantía que deben prestar los gerentes titulares y documentación que acredite la aceptación del cargo por parte de los integrantes
  • Constancia de la publicación prevista por el art. 10 de la Ley Nº 19.550
  • Acreditación de la integración de los aportes.
  • Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios.

Si bien los puntos mencionados anteriormente son las formas legales en las que se pueden constituir una empresa en Argentina ante la AFIP, a continuación, te enseñamos algunos puntos importantes si eres nuevo en esto.

Abrir una empresa en Argentina

Para abrir una empresa en Argentina es necesario cumplir con ciertos requisitos, si se quiere que esté constituida como debe ser.

  1. Capital: uno de los puntos más importantes, ya que sabiendo con qué capital se cuenta desde un principio se puede proyectar económicamente.
  2. Gastos: analizar los gastos fijos es fundamental, ya que de este modo se podrán hacer mejor los números mensuales.
  3. Socio: como pudimos ver esto es relativo y depende del tipo de empresa, pero es recomendable para que las obligaciones y responsabilidades se dividan.
  4. Estructura legal: es importante considerar este punto antes de comenzar con la actividad y saber bien bajo qué estructura legal corresponde que esté tu empresa.
  5. Registro Público de Comercio: este paso es fundamental para que tu empresa pueda operar.
  6. Certificado de las firmas: por supuesto que esto es necesario cuando los socios cuentan con más de uno.
  7. Depósito del 25 %: se deposita este porcentaje del capital social suscrito.
  8. Código Fiscal (CUIT): identificación tributaria necesaria para que terceros sepan que tu actividad está registrada.

Esta publicación fue creada para entregar información general sobre el tema descrito en la fecha de su publicación, la cual puede tener caducidad en ciertos elementos como precios, promociones, costos u otros elementos de servicio.
La información de esta publicación no constituye una recomendación profesional de tipo legal, impositivo, financiero u otros por parte de Global66.
En virtud de la transparencia, te sugerimos siempre comparar y comprobar por ti mismo cuál es la mejor alternativa para tus servicios de remesas y transferencias internacionales.

Share on facebook
Facebook
Share on linkedin
LinkedIn
Share on twitter
Twitter
Share on whatsapp
WhatsApp

Contenido sugerido